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Dietas e indemnizaciones al personal 2025

Base 26ª. DIETAS E INDEMNIZACIONES AL PERSONAL – 2025

1. Régimen general

Estos gastos se satisfarán con cargo a los conceptos 230, 231 y 233 del Estado de Gastos del Presupuesto General, en base a autorización previa del presidente o miembro corporativo titular o delegado, según competa, con la conformidad del jefe de servicio correspondiente.

Con carácter general, los gastos se abonarán tras la finalización de la comisión de servicio, previa liquidación normalizada suscrita por el miembro corporativo titular o delegado y el comisionado.

Excepcionalmente podrá anticiparse el pago mediante resolución del área competente.

2. Asistencia a jornadas, congresos y similares

La asistencia a jornadas, congresos, simposios, conferencias, cursos de perfeccionamiento y encuentros se equipara a comisión de servicio y seguirá el mismo procedimiento.

3. Indemnizaciones por razón del servicio

Se aplicará la normativa más favorable entre la estatal y la autonómica vigente en cada momento.

3.a) En territorio nacional

Tipo Dieta Grupo 1 Grupo 2
Manutención 74,68 € 54,60 €
Alojamiento 232,75 € 149,72 €
TOTALES 307,43 € 204,32 €

Grupo 1: Comisión en compañía de alto cargo.
Grupo 2: Comisión sin compañía de alto cargo.

Incremento adicional de 50 € en alojamiento para comisiones de servicio en las ciudades de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia, Zaragoza, Málaga, San Sebastián y Palma de Mallorca.

Régimen especial Turismo

90,00 € En territorio nacional
110,00 € Fuera de territorio nacional

El importe por alojamiento será el realmente gastado y justificado, sin exceder los límites establecidos, salvo autorización expresa.

3.b) En territorio extranjero

Se aplicará la cuantía más favorable según país y grupo conforme a la normativa vigente.

4. Gastos de desayuno

Serán abonables si figuran en factura y el total está dentro de los límites máximos de alojamiento.

5. Régimen especial Servicio de Turismo

Podrá abonarse el coste íntegro de alojamiento cuando preste servicios fuera de la isla en ferias o promociones turísticas.

6. Utilización de vehículo

En transporte público se abonará el coste del desplazamiento previa justificación documental.

7. Procedimiento de abono y justificación

El abono será mediante procedimiento ordinario (Intervención y Tesorería), previa liquidación fiscalizada.

Documentación necesaria:

8. Cursos de perfeccionamiento

Las cuotas de inscripción tendrán consideración de gasto formativo, previa comprobación de crédito.

9. Participación en Tribunales de selección

Categoría Presidente y Secretario Vocales
Primera 52,00 € 48,00 €
Segunda 48,00 € 45,00 €
Tercera 45,00 € 41,00 €
Cuarta 41,00 € 38,00 €
Quinta 38,00 € 34,00 €

10. Indemnizaciones al personal de Medio Ambiente

Se regirán por el Decreto 251/1997 y modificaciones posteriores. Aplicación presupuestaria 172.233.00 del Estado de Gastos.

11. Gastos de telefonía móvil

Máximo 45 € mensuales, previa presentación de factura nominativa.


Base 26ª bis – Personal no vinculado jurídicamente con la Administración (2025)

A) Comisión de Evaluación Ambiental de La Palma

B) Consejo Social La Palma

Uso de vehículo particular: 0,27 €/km.
Transporte público: gastos justificados previa autorización del presidente del Consejo Social.

Bases de ejecución 2025

Fecha de última actualización de esta sección: 27-02-2026 10:34:12
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